El Congreso de Veracruz aprobó con 46 votos a favor una reforma al Código Penal estatal para tipificar la rapiña de mercancías tras accidentes o siniestros, con penas de dos a cinco años de prisión y multas de 100 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
La modificación incorpora el artículo 208 Bis al Código Penal y busca sancionar a quienes se apoderen de mercancías, objetos o bienes transportados en vehículos públicos o privados, aprovechando la confusión, el desorden o la situación de vulnerabilidad generada por un accidente o hecho de tránsito.
Con esta medida, el Poder Legislativo busca frenar los saqueos de unidades de transporte de carga que ocurren en carreteras de Veracruz, particularmente después de percances que dejan mercancías expuestas.
De acuerdo con el dictamen aprobado, quienes incurran en esta conducta podrán recibir una pena de dos a cinco años de prisión, además de una multa de 100 a 500 UMA.
Tomando como referencia el valor diario de la UMA de 2026, las multas equivalen aproximadamente a entre 11 mil 731 y 58 mil 655 pesos.
La disposición está dirigida a quienes aprovechen las condiciones generadas por un accidente, siniestro o hecho de tránsito para sustraer mercancías u otros bienes transportados en las unidades involucradas.
Las comisiones dictaminadoras señalaron que la rapiña posterior a los accidentes representa un problema adicional para las personas involucradas, ya que puede poner en riesgo su integridad, dificultar las labores de auxilio y aumentar las pérdidas económicas.
La creación de este delito busca establecer una herramienta penal específica para sancionar el apoderamiento de mercancías en esas circunstancias.
La iniciativa fue presentada por el diputado de Morena Omar Edmundo Blanco Martínez, quien originalmente propuso incorporar el artículo 207 Bis. Sin embargo, durante el análisis legislativo se determinó que la disposición se ubicara en el artículo 208 Bis, con el propósito de mantener la congruencia con la estructura del Código Penal vigente.

