La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el hecho de que castigue con prisión preventiva oficiosa a las personas acusadas de defraudación fiscal, así como considerar como delito contra la seguridad nacional el contrabando, la defraudación fiscal y el uso de comprobantes fiscales falsos.
Con una mayoría de ocho votos, el pleno de ministros consideró que el decreto publicado el 8 de noviembre de 2019, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de Seguridad Nacional, del Código Nacional de Procedimientos Penales, del Código Fiscal de la Federación y del Código Penal Federal, en materia de declaración fiscal y comprobantes fiscales apócrifos, contraviene lo que marca la Constitución Política y representa un exceso calificar este tipo de delitos como amenazas contra la seguridad nacional.
Así, el pleno de ministros resolvió las acciones de inconstitucionalidad que promovieron senadores de oposición y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra de la reforma aprobada a la Ley de Seguridad Nacional y el Código Nacional de Procedimientos Penales y Fiscal de la Federación.
Cabe señalar que el proyecto del ministro Fernando Franco González Salas planteaba desechar los planteamientos de los legisladores federales y de la propia CNDH, no obstante en el estudio de fondo, el resto de ministros consideró que la reglamentación era “excesiva” por lo que rechazó la propuesta del ponente.