CAFÉ DE MAÑANA
Los trabajadores al servicio del Poder Ejecutivo en Veracruz, les asiste el derecho a dos periodos de vacaciones de por lo menos 10 días hábiles, y es que así se encuentra establecido en el Título Tercero denominado DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO CAPITULO I De la Jornada de Trabajo y de los Descansos Legales, en la Ley Estatal del Servicio Civil.
El Artículo 53 de la ley dice; “Los trabajadores que tengan más de seis meses de trabajo en forma ininterrumpida al servicio de la misma Entidad Pública, habrán de disfrutar de dos períodos anuales de vacaciones de por lo menos diez días hábiles, con goce de sueldo, en las fechas que señale el calendario oficial correspondiente. Los periodos no podrán ser acumulados ni fraccionados y, en ningún caso, los trabajadores que laboren en los mismos, tendrán derecho al pago de salario doble”.
Situación que no se respeta en la Administración Pública del Estado de Veracruz, pues evitan respetar este precepto legal ya que está por iniciar el periodo vacacional de verano el cual comprende del 15 al 31 de julio y del 01 al 02 de agosto de este año en curso, y sin embargo la Contraloría General vulnera este derecho y es que autorizaron sólo para trabajadores de los denominados (ETA) Empleados Temporales Administrativos -en las oficinas centrales- tres días por semana y en los Órganos Internos de Control (OIC),- las contralorías internas,- dos días por semana, es decir se estarían fraccionando las vacaciones, y violando con ello el artículo 53 de la Ley Estatal de Servicio Civil
Así como también violan nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Título Primero, Capítulo I y se denomina “De los Derechos Humanos y sus Garantías” y ahí establece en el Artículo 1o.: En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Siendo por ello que debería respetarse en todo momento este precepto, con el objeto de que el capital humano que trabaja y labora en la precitada dependencia – en la Contraloría General – goce plenamente del periodo vacacional como lo establece la ley, y con ello poder contar con servidores públicos
que hayan descansado y gozado de la convivencia familiar.
Y si faltaba algo y para terminar de completar de violar derechos humanos, les pidieron que sean los propios trabajadores quienes presenten la solicitud escrita de permisos firmados (claro a la fuerza), y según evitar así una responsabilidad, y además no les repondrán los días que se queden de guardia. ¿ Guardia ? es un decir ya que entran a las 09:00 horas y saldrán a las 18:00 horas, es decir, laborarán una jornada completa, pues una guardia sería en un horario más corto, digamos de 10 a 14 o 15 horas, y no toda una jornada.
Y es que si bien es cierto la Ley contempla guardias, pero de cierto personal no de todos los empleados de la dependencia, así que ver para creer, que sea la propia dependencia responsable de cuidar se aplique y respete la normatividad, quien la altera y vulnera, afectando los derechos humanos de los empleados.
DE SOBREMESA
De que sirve que la CGE coloque anuncios donde promueven “Los Valores Éticos” en el universo de la Administración Pública del Estado que favorezcan: interés público, respeto, “respeto a los derechos humanos”, igualdad y no discriminación, equidad de género, entorno cultural y ecológico, cooperación y hasta el líderazgo, si no lo respetan esos valores ni al interior.
UN CAFÉ CON DOBLE CARGA
El órgano estatal de control del Poder Ejecutivo en Veracruz, no haría mal en revisar éstas malas acciones que poco favorecen a la concordia laboral y dañan a las familias de lo más valioso que tienen las instituciones: el recurso humano.
UN CAFÉ LECHERO LIGTH
Los cargos por pagos con las tarjetas de débito y crédito “que no se reconocen por los propios tarjetahabientes”, vienen en un crecimiento a decir de usuarios de la banca e incluso de tiendas departamentales.
Y es que el internet está en una autopista en donde las personas dedicadas al fraude o vínculos con transgresores de la ley, van transitando en mayor escala y casi con libertad cada vez más lejana a la justicia, pues bancos y establecimientos comerciales solo responden a medias y sin resolver nada o muy poco, a los afectados.
Las quejas en la (UNE) Unidad Especializada en Bancos, ante cualquier solicitud de aclaración – presencial o por internet – nada o en poco avanza en favor de los vulnerados.
Este asunto ni debe escalar, se debe atender y resolver entre las autoridades, bancos, comercios y cuentahabientes.
Diría el Chapulín Colorado: ¿Y ahora, quién podrá defendernos?
¡ ES CUANTO !
José Luis Enríquez Ambell
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Secretario General de la Federación Auténtica de Trabajadores del Estado de Veracruz (FATEV – JLEG) Registro Federal del Trabajo # 5844 y Director General de la Consultoría y Asesoría Integral AECAI Torre Ánimas en Xalapa, Ver.