Presencia.
- De estar “al servicio de minoría rapaz y el crimen organizado”
- Quien pierde dirá “que el juez se corrompió o no analizó bien”
- ”La Corte no puede salir a diario para explicar sus decisiones”
- TEPJF revoca sentencia en contra del periodista Carlos Marín
- Layda Sansores lo denunció por “violencia política de género”
- Enmiendan plana al IEEC, TEEC y a la Sala Regional Xalapa
- “Transgredieron reglas esenciales del debido proceso”: Soto
El tiempo ayuda a que los mismos no seamos los mismos… (Froylán Flores Cancela)
Javier Laynez Potisek, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, rechazó los señalamientos reiterados del presidente Andrés Manuel López Obrador en el sentido de que los ministros del país estén al “servicio de una minoría rapaz y del crimen organizado“.
En entrevista este miércoles con Joaquín López-Dóriga para su espacio en Radio Fórmula, Laynez Potisek dejó en claro que la parte que pierde al momento de la sentencia siempre se va a sentir la más afectada y de que no se hizo justicia.
“Lógicamente, eso no lo puedo compartir (los dichos del presidente). Quiero pensar que cuando un juez otorga una suspensión hay que analizar bien, tenemos que ser sujeto de escrutinio público. Hay que ver cómo estuvo presentada la investigación, ver cuáles son las reglas y el Ministerio Público como planteó la solicitud de prisión preventiva, antes de juzgar a nuestras juzgadoras y juzgadores. Son expedientes complejos y hay que ver lo mismo cuando se conoce el amparo”, expresó.
“Por eso estas sesiones son públicas y deben hacerse públicas nuestras decisiones y las de jueces y magistrados, que tengan un seguimiento para ver si realmente están protegiendo a delincuentes. Luego es muy fácil hacer esas aseveraciones, porque no se logró una sentencia condenatoria, porque no se probó en el juicio y eso no hace que el juez o la jueza que determinó esté apoyando a un grupo delincuencial”, señaló.
“Desde luego que no es así, siempre son dos partes, y el que pierde siempre va a tener esa tendencia a decir que el juez se corrompió o que no analizó bien. Me parece muy grave esa aseveración, imagínate que estuviésemos al servicio de alguien, mucho menos del crimen organizador”, subrayó.
En reiteradas ocasiones, el mandatario mexicano ha arremetido contra los ministros de la Corte tras sus sentencias contra leyes que se han realizado bajo el actual Gobierno de México, las cuales han ocasionado el planteamiento y la iniciativa de que se realice una reforma profunda al Poder Judicial.
“La reforma que estamos promoviendo para el Poder Judicial, es algo muy importante. Se ha ido avanzando bastante en el Poder Legislativo, desde luego en el Ejecutivo, pero el Poder Judicial está tomado, secuestrado al servicio de una minoría rapaz, está al servicio de la delincuencia llamada organizada y de la delincuencia de cuello blanco”, declaró el presidente López Obrador el pasado 12 de febrero.
Laynez Potisek dejó en claro que los ministros de la Corte tienen la obligación de comunicar mejor sus decisiones a la población, y que los integrantes del Máximo Tribunal del país no pueden salir diario a los medios de comunicación a explicar sus sentencias.
“La Corte, en general, entendiendo que cada vez tenemos que comunicar mejor cómo se toman las decisiones, generalmente los jueces constitucionales permanecían por la prudencia misma, no estar en los medios o no estar todo el tiempo comentando los asuntos”, refirió.
“Entiendo que tenemos que comunicar mejor, pero no podemos estar en el debate público, porque eso nos resta más que nos sume como autoridad jurisdiccional estar todo el tiempo en los medios, tendríamos que salir diario a estar aclarando”, explicó.
Sobre el hecho de que el presidente lo haya llamado “alteza serenísima” en una conferencia matutina, el ministro Laynez apuntó que no lo toma personal.
“Sí (es a prueba de balas), yo no lo tomo con mala fe ni con mala voluntad, en absoluto”, acotó.
Comentarios a vuela pluma
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó este miércoles la sentencia contra el periodista Carlos Marín, acusado por la gobernadora Layda Sansores, de Campeche, de violencia política de género. La mandataria estatal presentó una queja en 2022 ante el Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC) por manifestaciones que realizó sobre ella en una emisión del programa ‘Joaquín, Marín de do Pingüé’, que coprotagoniza con Joaquín López-Dóriga en YouTube y plataformas de podcast. El organismo electoral estatal sancionó a Marín, quien impugnó ante el Tribunal Electoral del Estado de Campeche, que confirmó la resolución, consistente en una amonestación y la obligación a ofrecer una disculpa pública y su inscripción en el Registro Nacional de personas sancionadas por violencia política de género. El periodista acusó que se vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva, debido a que no se le emplazó correctamente y no tuvo derecho de audiencia. Carlos Marín recurrió a la Sala Regional Xalapa del TEPJF, que rechazó la impugnación al considerar que las supuestas notificaciones que se le hicieron por correo electrónico estuvieron apegadas a derecho. Ante esta resolución, Carlos Marín finalmente recurrió a la Sala Superior. La magistrada Mónica Soto (actual presidenta del TEPJF) quien propuso revocar la sentencia de la Sala Regional Xalapa en el caso, argumentó que la Sala Xalapa debió percatarse de que la notificación del inicio del procedimiento contra el comunicador debió realizarse de forma personal para garantizar el debido proceso, punto con el que coincidió la magistrada Janine Otálora. Se expuso que el Instituto Electoral de Campeche realizó el emplazamiento por medio de un correo electrónico hallado en una página de internet, sin confirmar que estuviera vigente ni que correspondiera a Carlos Marín, por lo que el comunicador no fue debidamente llamado a juicio y se transgredieron las reglas esenciales del debido proceso. Por mayoría de votos, la Sala Superior revocó de manera lisa y llana la sentencia contra Carlos Marín, determinada por la ineficacia de un acto administrativo al carecer de los requisitos esenciales exigidos para su realización o para su debida existencia jurídica, quedando anulado el acto o resolución administrativa.
Consulta PuntoyAparte a diario en: https://puntoyaparteonl.com