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Estos son los vehículos que tendrán que pasar al servicio tras la nueva NOM

Luego de que la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la norma oficial mexicana NOM 236 para vehículos cuyo peso no exceda las 3.8 toneladas, todos los autos nuevos de procedencia nacional o extranjera, con no más de mil kilómetros recorridos tendrán que pasar esta verificación.

Tendrán que pasar a verificación los automóviles de uso particular: a los 4 años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo, y a partir de entonces, cada 2 años hasta el noveno año.

También, tendrá que ser verificado  el transporte particular de diez o más años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo cada año; en el caso de los autos de uso intensivo de un año después de la fecha de su comercialización como vehículo nuevo y a partir de entonces, cada año.

La norma indica que se exceptúa de verificación de condiciones físico-mecánicas los automóviles con un peso menor a 400 kg, así como los utilizados en labores agrícolas, terreno montañoso o desértico, playas y vías férreas.

También se exceptúan los autos matriculados como antiguos, de la industria de la construcción y minería, de pistas de carreras, aeropuertos, pistas de gokarts, pero en el caso de los declarados como pérdida total tras un accidente sí se tendrán que verificar.