A partir de este 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuenta con nuevas facultades para cancelar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de personas que permanezcan inactivas durante varios años, como parte de una estrategia de depuración y combate a la evasión fiscal.
Estas disposiciones se incorporaron en el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación y permiten al SAT cancelar, suspender o incluso negar la inscripción al RFC en determinados casos.
El RFC es una clave alfanumérica de identificación fiscal obligatoria para toda persona mayor de 18 años, principalmente para quienes realizan actividades económicas o laborales.
Actualmente existen alrededor de 68 millones de contribuyentes registrados ante el SAT, aunque una parte importante corresponde a personas asalariadas y muchos otros permanecen inactivos.
Las nuevas medidas permitirán al SAT cancelar el RFC de contribuyentes que durante cinco ejercicios fiscales consecutivos no hayan presentado declaraciones, emitido facturas, realizado movimientos fiscales o sido reportados por terceros.
Esta medida buscará depurar el padrón fiscal y combatir prácticas relacionadas con empresas factureras y evasión de impuestos.
El SAT también podrá negar el trámite de inscripción al RFC cuando detecte posibles irregularidades relacionadas con simulación fiscal o uso indebido de domicilios fiscales.
Especialistas en la materia recomiendan a la población verificar su situación fiscal y, en caso de no tener actividad económica, realizar trámites de suspensión o inscripción sin obligaciones fiscales para evitar problemas futuros.


