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Sanciones de hasta 18 años de prisión por difundir imágenes de víctimas de violencia en México

El Senado de la República de México ha aprobado por unanimidad una enmienda al Código Penal Federal que impone severas sanciones de hasta 18 años de prisión a funcionarios y periodistas que divulguen imágenes de cadáveres de mujeres, adolescentes y niños víctimas de violencia.

Esta reforma, respaldada por 86 votos, también se extiende a periodistas, youtubers y personas vinculadas con los medios de comunicación que publiquen cualquier tipo de información extraída de una carpeta de investigación, con la posibilidad de enfrentar penas de hasta 18 años de reclusión.

La modificación al Código Penal Federal establece multas de hasta 232 mil pesos para aquellos que realicen estas prácticas, que en ocasiones involucran a funcionarios de fiscalías que filtran videos y fotografías a ciertos medios de comunicación.

La senadora Olga Sánchez Cordero justificó esta reforma al artículo 225 del Código Penal Federal, que trata sobre delitos contra la administración de justicia, argumentando que también se impondrán sanciones a quienes compartan información, imágenes, audios o cualquier evidencia extraída de una carpeta de investigación o proceso penal que esté legalmente protegida o clasificada como confidencial.

Sánchez Cordero afirmó que la divulgación de información e imágenes de las víctimas de delitos constituye una clara violación a la dignidad de las personas y a la memoria de las víctimas.

La senadora recordó un caso emblemático en el que se filtraron fotografías del cuerpo de una víctima de feminicidio en medios de comunicación y redes sociales, como el caso de Ingrid Escamilla Vargas en febrero de 2020, donde se exhibió públicamente el material visual del cuerpo de la víctima.

Además, la reforma prevé un aumento en las penas cuando las víctimas u ofendidos sean niños, niñas, adolescentes, mujeres o cuando la información se relacione con cadáveres.