La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó un decreto por el que se establece el sistema de “compensación vitalicia” por justicia social a extrabajadores de la extinta Luz y Fuerza del Centro.
En el decreto publicado el Diario Oficial de la Federación (DOF) se indica que la extinción de Luz y Fuerza privó de su fuente de empleo a más de 45,000 trabajadores y truncó el camino a la jubilación de aproximadamente 9,000 personas extrabajadoras con al menos 19 años, 6 meses y un día de servicio.
Precisa que dicha compensación es un beneficio para aquellas personas extrabajadoras que, al 11 de octubre de 2009, estaban al servicio del extinto organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro; contaban con la antigüedad antes mencionada y que se encuentren con vida.
También para quienes no han sido jubilados de Luz y Fuerza del Centro, y no forman parte del esquema de rentas vitalicias a través de Agroasemex, S.A., ni reciban una pensión en términos de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, ni alguna otra establecida en cualquier instrumento jurídico.
“La compensación vitalicia comprende la percepción mensual en dinero y en especie, en lo sucesivo ‘percepción mensual vitalicia’ más un pago anual equivalente a 54 días de salario diario integrado indemnizatorio a la fecha de extinción de Luz y Fuerza del Centro”, señala lo publicado por Segob.
La percepción mensual vitalicia en dinero y en especie se determinará con base en el entonces denominado “salario diario integrado indemnizatorio” a la fecha de extinción de Luz y Fuerza del Centro de 2009, con excepción del concepto “Proporción de aguinaldo”, más el 26.5% sobre dicho monto a título de despensa, de acuerdo con el tiempo de servicio al 11 de octubre de 2009, en los porcentajes siguientes:
- 19 años 6 meses 1 día a 20 años 6 meses – 50%
- 20 años 6 meses 1 día a 21 años 6 meses – 60%
- 21 años 6 meses 1 día a 22 años 6 meses – 70%
- 22 años 6 meses 1 día a 23 años 6 meses – 80%
- 23 años 6 meses 1 día a 24 años 6 meses – 90%
- 24 años 6 meses 1 día en adelante – 100%
El decreto puntualiza que la percepción mensual vitalicia no podrá exceder de 67,000 pesos en el ejercicio fiscal 2022.