Inicia el fin de semana en la recta final del periodo vacacional escolar y a la mitad del verano 2022 y aún con una ola agresiva de Covid-19 hay quienes pasean, van de compras y en busca de servicios en comercios y restaurantes.
Todo ese universo de clientes, que no es menor en cantidad, al sitio o restaurante que vaya debe visualizar y evitar abusos en el servicio que busca o pretende, pues entre el consumidor y un prestador hay derechos y obligaciones mutuas.
Un ejemplo en este contexto es que los restaurantes, bares o similares no deben “obligar” a sus clientes a dejar propina o imponer un consumo mínimo. Los establecimientos deben observar y respetar la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Esta norma ampara y dice que todos los comercios no pueden negar productos o servicios por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad ni escoger a que clientes le brindan servicio, reservarse el derecho de admisión o excluir a personas con discapacidad. Incluso, en este último caso, esta comunidad debe contar con las inmediaciones y aditamentos necesarios para que la persona con discapacidad utilice sus instalaciones con seguridad.
La misma Ley establece que los establecimientos no deben fijar un consumo mínimo para sus clientes, y deben exhibir claramente los precios de sus productos o servicios y especificar las porciones, lo que no siempre sucede.
“Y no pueden incluir propina sin el pleno consentimiento del consumidor.”
Así que la Profeco tiene mucho trabajo, hagámosla que trabaje y de la mano de los consumidores.
¡ES CUANTO!