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Multarán a choferes de transporte público por fumar

De acuerdo con la reforma a la Ley General para el Control del Tabaco, a partir del próximo año quedará prohibido que los conductores de todo el transporte público fumen mientras presten sus servicios.

Las modificaciones a la ley aprobadas por el Senado de la República a mediados de diciembre, están a la espera de ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para poder entrar en vigor.

De publicarse, los conductores de taxis, autobuses, camionetas de carga, taxis de aplicación y demás que violen las disposiciones establecidas serán acreedores de una multa de hasta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, 89 mil 620 pesos.

El artículo 26 de la norma antes solo prohibía el consumo de cualquier producto de tabaco y nicotina en “espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y otras emisiones” así como en las escuelas públicas y privadas.

Ahora con la nueva adhesión, no se permitirá fumar tampoco en espacios cerrados, los lugares de trabajo y el transporte público.